21 febrero 2010

 

El PP rechaza la enmienda a la totalidad de Compromís al proyecto de ley de Colegio Oficial de Terapeutas Ocupacionales

Los votos del grupo popular rechazaron en el pleno de las Corts Valencianes el pasado miercoles la enmienda a la totalidad al proyecto de ley de Colegio Oficial de Terapeutas Ocupacionales presentada por el grupo parlamentario Compromís.

La consellera de Justicia y Administración Pública, Paula Sánchez de León, defendió que es "fundamental" incorporar planteamientos que doten de "seguridad y confianza" a actividades relacionadas con la sanidad y defendió el impulso al colegio para evitar el intrusismo profesional. Por su parte, la oposición reclamó al Consell que retire el proyecto de ley y aplique la Ley de Dependencia.

Sánchez de León señaló que la intención de la norma es regular un instrumento jurídico para lograr una organización adecuada y que se puedan compatibilizar los intereses de los colegiados con los de los ciudadanos.

De León recordó que las funciones del diplomado en Terapia Ocupacional son la aplicación de técnicas y la realización de actividades de carácter ocupacional que tiendan a potenciar o suplir funciones físicas o psíquicas disminuidas o perdidas, y a orientar y estimular el desarrollo de tales funciones.

Igualmente, señaló que la petición de creación del Colegio Oficial de Terapeutas Ocupacionales de la Comunitat Valenciana fue suscrita por los representantes de la Associació Valenciana de Terapia Ocupacional (AVATO). La titulación académica oficial exigida a quienes pretendan ejercer la profesión como colegiados es la de Diplomado en Terapia Ocupacional.

La creación del colegio resulta, según el Consell, "de interés público al estar las tareas a desempeñar por los profesionales afectados vinculadas directamente con principios tan esenciales como la autonomía personal, la calidad de vida, la igualdad e integración social, y especialmente, con los derechos a la integridad física y moral y a la protección de la salud, reconocidos en el artículo 15 y 43 de la Constitución".

Paralelamente, añade, "constituirá un medio adecuado para mejorar la protección de los derechos de los ciudadanos destinatarios de los servicios de los terapeutas ocupacionales, que podrán exigir la correspondiente responsabilidad al profesional cuya actuación no haya sido acorde a las normas de profesionalidad, ética y dignidad profesional, instando el ejercicio de la potestad disciplinaria colegial".

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